Pago de Acuerdo a la Producción, Parte 2.

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Otros riesgos a tener en cuenta cuando empleamos incentivos en el lugar de trabajo.

P: Estoy pensando en darles a mis trabajadores un incentivo, pagándoles de acuerdo a su producción. ¿El judaísmo tiene alguna enseñanza al respecto?

R: La semana pasada señalamos que si bien remunerar a los trabajadores en base a la producción puede ser una manera efectiva de aumentar el esfuerzo, y también puede tener consecuencias éticas positivas, también presenta muchos conflictos éticos. La semana pasada hablamos sobre como el ingreso puede sufrir por razones que están más allá del control del trabajador, y sobre el problema del sabotaje. Esta semana continuaremos con otros dos puntos que mencionamos brevemente la semana pasada:

  • Los trabajadores pueden acabar privilegiando la producción por sobre la calidad, conduciendo a la disminución en la calidad de la producción;
  • Los trabajadores pueden acabar privilegiando la producción de hoy por sobre la de mañana, escatimando en mantenimiento, etc., para obtener bonificaciones a corto plazo.

El problema de este tipo de incentivos se presentó ya en el tiempo antiguo, particularmente en el contexto de la aparcería. Muy a menudo, los terratenientes no podían -o no querían- trabajar su tierra ellos mismos o a través de trabajadores, y por lo tanto, le alquilaban la tierra a aparceros. Como incentivo para que el aparcero trabajara duro y produjera una gran cosecha, se le daba una fracción fija de los granos, que variaba de acuerdo a las condiciones del mercado. Este arreglo persiste hasta hoy en día en diferentes formas.

La Mishná y la discusión talmúdica en el noveno capítulo de Baba Metzía examinan en detalle el acuerdo que se desarrolló para solucionar los incentivos problemáticos al arrendar la tierra. Los mismos conflictos existen hoy en día, y pueden ser solucionados utilizando técnicas similares de administración.

Mantenimiento

Un problema con este acuerdo es que el aparcero puede ser negligente en el mantenimiento o indiferente a la depreciación de la tierra. La depreciación es asumida por el propietario.

El capítulo comienza con la siguiente Mishná:

    “Quien arrienda un campo de su amigo: en donde se acostumbra recolectar, debe recolectar; [en donde se acostumbra] arrancar de raíz, debe arrancar de raíz; [en donde se acostumbra] arar después [de cosechar], debe arar; todo va de acuerdo a la costumbre local”.

Mientras que el propietario es libre de tomar sus propias decisiones sobre la forma de cultivar su campo, el arrendatario tiene la tentación de tomar los atajos que afectarán la producción de los años siguientes. Por ejemplo, puede querer desatender el arado del campo después de la cosecha, dado que esto sólo afectará el rendimiento en el futuro, y por lo tanto, no le afecta a él directamente.

Otro problema es producir de una forma que agota el campo, que en el contexto del negocio moderno se puede expresar como una mayor depreciación.

    “Quien arrienda un campo de su amigo [con la condición de] plantar cebada, no puede plantar trigo [que daña más la tierra]. Si lo arrienda para plantar trigo, entonces, sí puede plantar cebada”.

El arrendatario tiene derecho a tomar una cierta cantidad de decisiones respecto a lo que plantar; de hecho, uno de los objetivos de la relación con él es descentralizar y permitirle aprovechar su propia experticia. Pero esto no puede ser a expensas de la viabilidad del campo a largo plazo.

Un arrendatario puede decidir que no vale la pena invertir en una buena cosecha incluso en el medio de la temporada, dado que sólo se beneficia de parte de la producción. Entonces, incluso el mantenimiento en el medio de la temporada es regulado:

    “Quien arrienda un campo de su compañero y no quiere quitar la maleza de en medio de la producción, y le dice [al dueño]: ¿Qué te importa? De todas maneras te voy a pagar la cantidad de granos que acordamos. No aceptamos su reclamo, porque [el dueño] le puede decir: Puede que mañana te vayas, y el campo quedará con maleza”.

Relación a Largo Plazo

La Mishná reconoce que esos temas son superados parcialmente mediante la creación de una relación a largo plazo:

    “Quien arrienda un campo por varios años no plantará lino, y no tiene derecho a ramas de higuera. Si arrienda por siete años, puede sembrar lino el primer año, y tendrá derecho a ramas de higueras”.

Si el campo está alquilado por mucho tiempo, entonces será el arrendatario mismo quien sentirá los efectos negativos del lino, que agotan el campo. En tal escenario, se le puede dejar esta decisión a él.

Otro problema potencial es que se puede poner en peligro la calidad. Si bien el arrendatario comparte los costos por la reducción de la calidad, el propietario también sufre por su parte.

Falta de Esfuerzo

Otro riesgo de los incentivos monetarios es que pueden tener un efecto contraproducente. Un empleado regular se enfrenta a una situación de tómalo o déjalo. Si no hace todo lo que se le pide es despedido. Pero un empleado "incentivado" tiene la opción. Puede trabajar más duro que lo normal y ganar más, pero también puede decidir trabajar menos y ganar menos. La Mishná trata con este problema obligando al inquilino a trabajar la tierra mientras ésta tenga un mínimo de potencial:

    “Quien arrienda un campo de su compañero y el campo no produce [mucho], (y por lo tanto el arrendatario no quiere seguir trabajándolo): si potencialmente hay suficiente para hacer un montón, está obligado a trabajarlo”.

Esto tiene una interesante relación con la cuestión anterior. Para superar algunos de los otros problemas de incentivos, puede haber un deseo de aprisionar al arrendatario en una relación a largo plazo. Pero esta "solución" puede crear su propio problema de falta de incentivo.

Como enfatizamos la semana pasada, estas cuestiones no implican que el pago en base a la producción sea siempre una mala idea. Por el contrario, la relación con el aparcero era un acuerdo muy popular. La lección que aprendemos es que estos acuerdos requieren de un análisis cuidadoso para administrar los incentivos involucrados.

FUENTES: Capítulo 9 del tratado de Baba Metzía.

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