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¿Tengo que pagarle a alguien que realizó un cierto trabajo como parte del proceso de entrevista?

P. Para ver si los potenciales trabajadores encajan bien en mi entorno laboral, les ofrezco que trabajen unos cuantos días sin sueldo. Si encajan, los contrato. Ahora, uno de los trabajadores que finalmente no fue contratado está demandando su paga, algo que nunca ofrecí. ¿Tengo que pagarle?

R. Pagar lo que le corresponde a los trabajadores a tiempo es una importante prioridad para la tradición judía; varios versículos nos advierten sobre esto. Aquí hay uno del libro de Levítico (19:13):

No retengas [injustamente] lo que es de tu prójimo. No dejes que la paga por el trabajo de un empleado se quede contigo hasta la mañana.

Aquí hay un pasaje del libro de Deuteronomio (24:14-15):

No defraudarás a un empleado pobre y necesitado, ya sea de tus hermanos o si es un prosélito que está en tu tierra. En su día le entregarás su salario; el sol no deberá ponerse sobre él, ya que él es pobre y arriesga su vida por ello, para que no invoque contra ti a Dios y haya pecado en ti.

Pero por supuesto estos pasajes no pueden decirnos cuándo corresponde pagarle a un trabajador. De acuerdo a la ley judía, hay tres formas distintas mediante las que se puede calcular la justa recompensa de un trabajador.

El caso más fácil es cuando hay una explícita negociación del salario. El empleador y el trabajador se ponen de acuerdo en las demandas del trabajo y el salario. Este caso es el más común y el que menos probabilidades tiene de terminar en disputas o malentendidos.

Un caso muy similar es donde no hay una negociación del salario, pero hay una costumbre muy difundida. En este caso, la Mishná nos dice: "Todo es de acuerdo a la costumbre local" (1). La corte legislará exactamente como si hubiera habido un contrato explícito estipulando las condiciones de trabajo y la paga que son acostumbradas.

En los casos de arriba hay que pagar debido al acuerdo verbal o al contrato entre las partes. En el primer caso el acuerdo es integral; en el segundo es mínimo, sólo consta del acuerdo de contratar y el acuerdo de trabajar.

Pero también puede haber una obligación de pagar que no surge de ningún acuerdo. El beneficio provisto por las acciones del trabajador puede por sí mismo obligar el pago.

Quien entra al campo de su vecino y planta sin permiso: Rav dijo: se hace una evaluación y se queda con la mejora o con los gastos, lo que sea más bajo [entre el salario normal de un terrateniente y el aumento del valor del campo evaluado]. Shmuel dijo: evaluamos cuánto pagaría una persona normalmente por plantar dicho campo. Rav Papa dijo: No hay desacuerdo. Esta [legislación – en la que se debe pagar el salario] se refiere a un campo que está designado para plantación; esta [legislación – en donde el trabajador se queda con la mejora o con los gastos] se refiere a un campo que no está designado para plantación (2).

Incluso cuando no hay ningún acuerdo, si el trabajador ha proveído un beneficio, el beneficiario debe pagar una aproximación razonable del valor del beneficio (En el sistema de ley común, esto corresponde un poco a la doctrina de "enriquecimiento ilícito").

Incluso si nunca les ofreciste paga a tus trabajadores, ellos tendrán una justa expectativa de recibir la paga normal por el tipo de trabajo que están realizando. Como el beneficio provisto es en sí mismo una fuente de obligación, incluso una negativa simple ("no te estoy ofreciendo ningún pago") quizás no sería suficiente. Sería suficiente para negar un acuerdo de salario, pero no para negar un beneficio. Obviamente, todo beneficio puede ser perdonado, pero en este caso tendría que ser un desistimiento detallado.

Más aún, a la luz de la ley que aplica, pareciera ser que el acuerdo que describes no es justo. Tu criterio de pago es completamente subjetivo – todo se resume en si deseas conservar a la persona o no; no depende directamente de la calidad del trabajo de la persona.

Esta columna no es una fuente de información de ley secular, pero hasta donde sé, la ley secular exigiría el pago en una situación como esta.

FUENTES: (1) Talmud Babilónico Baba Metzia 83a (2) Talmud Babilónico Baba Metzia 101a

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