Devolver objetos perdidos

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“Quien lo encuentra se lo queda”, no es un concepto judío.

“Quien lo encuentra se lo queda”. Cuando éramos niños esto tenía sentido, siempre y cuando fuéramos quienes “lo encontraban”. Pero para el pobre que había perdido la billetera o un recuerdo importante, su pérdida era una tragedia.

En contraste, la Torá nos dice:

Si ves el animal de otra persona, no te esconderás de ellos; ciertamente has de regresarlos a su dueño. Y si no sabes quién es el dueño, entonces debes llevar el objeto a tu casa y estará contigo hasta que el dueño lo reclame, entonces se lo devolverás. Así harás con su asno, con su vestimenta y con cualquier artículo perdido que puedas encontrar… (1)

En la mayoría de los casos, el sistema de la Torá requiere que busquemos al dueño y devolvamos el objeto perdido. (2) Incluso si el objeto perdido estaba asegurado, el dueño sigue buscándolo y se debe devolver el objeto que se ha encontrado. (3)

La Torá agrega una dimensión más profunda: “No te esconderás de ellos”. Esto descarta la opción de actuar como si no viéramos el objeto y seguir de largo sin levantarlo. (4)

Si parece que el objeto fue dejado allí de forma intencional, no se lo debe sacar, porque probablemente el dueño regresará a buscarlo. (5)

Devolver el objeto

El factor clave con los objetos perdidos es el tema del simán. Un simán es una marca identificadora a través de la cual se puede determinar quién es el verdadero dueño del objeto. Quien encuentra cualquier cosa que no tiene un simán (por ejemplo, dinero) se la puede dejar, si es obvio que no fue dejada allí de forma intencional. (6)

¿Qué se considera un simán (una marca identificadora) aceptable? Cualquier cosa que: 1) no sea algo estándar en esa clase de artículo, y 2) que sólo el dueño conocería su existencia. Por ejemplo, las iniciales grabadas en el mango de un paraguas o una mancha de tinta azul en un walkman.

A veces, el lugar preciso en el cual se encontró el objeto puede considerarse un simán, si se trata de un lugar poco típico. (7) Si se encuentra un ítem en un lugar público y no tiene ningún simán, quien lo encuentra puede quedarse con el objeto. (8)

Es una buena idea poner carteles en las escuelas, sinagogas, etc., informando a la gente que después de cierto período de tiempo la dirección del lugar puede decidir qué hacer con cualquier objeto que quede allí. (9)

Quien encuentra un objeto debe interrumpir sus actividades importantes para tratar de encontrar al dueño. (10) Sin embargo, uno no está obligado a incurrir en gastos o a sufrir un daño económico para encontrar al dueño. (11)

El Talmud cuenta la historia de unos pollos que entraron al patio de Rabí Janina ben Dosa. Rabí Janina se vio obligado a cuidar a los pollos hasta que se encontrara a su dueño. Los pollos pusieron huevos y nacieron más pollitos… Muy pronto la propiedad de Rabí Janina se vio invadida por una gran cantidad de pollos. Rabí Janina cambió los pollos por algunas cabras.

A través del cuidado minucioso de la mitzvá, Rabí Janina multiplicó el valor de la propiedad original del dueño de los pollos. Cuando el hombre llegó a reclamar lo que le pertenecía, era el orgulloso dueño de un rebaño de cabras. (12)

Quien encuentra un objeto perdido debe publicitar su hallazgo de la mejor manera que tenga a su alcance. (13) Esto puede incluir colgar carteles en el área o en lugares públicos cercanos, (14) así como colocar avisos en los periódicos. (15) El anuncio sólo debe describir el ítem, sin revelar el simán, porque ese será el método a través del cual se podrá establecer si la persona que llegue a reclamarlo es el verdadero dueño. (16) La clave es divulgar suficiente información sobre el objeto para que su dueño sepa que se refiere a su propiedad, pero no demasiado como para que alguien sin escrúpulos llegue a reclamar falsamente el objeto.

Mientras tanto, el ítem no se puede usar, (17) y se lo debe cuidar y mantener en un lugar seguro. (18) Sin embargo, si se llega a perder o lo roban, quien lo encontró está exento de responsabilidad. (19)

¿Qué ocurre si nadie llega a reclamar el objeto? Los Sabios dicen que la persona que lo encontró debe tenerlo hasta que llegue el profeta Eliahu e identifique a su dueño. (20)

Por supuesto, esto puede llegar a ser muy molesto. Por eso, una vez que es evidente que un ítem no será reclamado, (21) está permitido venderlo y dejar reservado el dinero para devolvérselo a su dueño. (22)

También la persona que lo encontró puede comprar el objeto reservando el dinero que cubre su valor monetario para dárselo al dueño original. En cualquier caso, los detalles del ítem deben ser registrados, incluyendo los detalles específicos, (23) dónde y cuándo fue encontrado y la cantidad de dinero por la cual fue vendido. (24)

Esto se aplica a los objetos que son reemplazables, tales como libros u otros ítems respecto a los cuales el dueño no tendrá un interés especial en usar ese objeto específico. (25) Esto también se aplica a objetos que se deterioran, tales como alimentos. (26) Sin embargo, cuando se trata de ítems no perecederos con los cuales el dueño puede tener un interés particular en ese objeto específico (por ejemplo, recuerdos o ítems irremplazables), se los debe guardar durante años hasta que se logre identificar al dueño. (27)

Extensiones de la mitzvá

La mitzvá de devolver objetos perdidos se extiende a las propiedades o posesiones que estén en riesgo de ser destruidos o perdidos. Por ejemplo, si la casa de tu vecino está a punto de inundarse (y él no está en la casa), tú debes colocar bolsas de arena. (Luego puedes pedir que te reembolse los gastos) (28)

La mitzvá se aplica no sólo a los objetos materiales perdidos, sino también a bienes intangibles. Por ejemplo, si alguien no le habla a un amigo debido a una discusión, debemos tratar de restaurar la relación.

Si alguien se está ahogando o se encuentra en otro peligro físico, el hecho de rescatarlo también se incluye en esta mitzvá: ¡se le está devolviendo la vida! (29)

Asimismo, si alguien se ha alejado del judaísmo, debemos hacer lo que esté a nuestro alcance para restaurar su conexión con Dios y con la Torá. (30)


Notas:
(1) Deuteronomio 22:1-3
(2) Joshen Mishpat 259
(3) Shut Jelkat Ioav 2:50
(4) Joshen Mishpat 259
(5) Joshen Mishpat 260:9-10; Aruj HaShulján 260:14
(6) Joshen Mishpat 262:13
(7) Ramó – Joshen Mishpat 262:9
(8) Mishná Berurá 154:59
(9) Shut Igrot Moshé (Joshen Mishpat 2:45)
(10) Hashavat Avedá Kehiljató 10:7
(11) Shulján Aruj HaRav 33
(12) Taanit 25a
(13) Joshen Mishpat 262:3
(14) Joshen Mishpat 267:3
(15) Shut Jatam Sofer (Joshen Mishpat 122)
(16) Joshen Mishpat 267:4
(17) Shulján Aruj HaRav 267:4
(18) Joshen Mishpat 267:16
(19) Ramó – Joshen Mishpat 267:16; Shaj 267:14
(20) Joshen Mishpat 267:15-24
(21) La cantidad de tiempo que se debe esperar depende del ítem y del contexto.
(22) Hashavat Avedá KeHiljató 6:1
(23) Shut Igrot Moshé (Joshen Mishpat 2:45:4)
(24) Joshen Mishpat 267:21
(25) Aruj HaShulján 267:14
(26) Tur (Joshen Mishpat 267)
(27) Ver Hashavat Avedá KeHiljató, capítulo 6
(28) Joshen Mishpat 359:17
(29) Talmud – Baba Kama 81b, Sanedrín 73 a. Evitar actuar es una transgresión del precepto bíblico: “No te mantendrás de brazos cruzados cuando la vida de tu prójimo corre peligro” (Levítico 19:16).
(30) Oraj Jaim – Deuteronomio 22:1

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